Estimadas familias:
En su afán por acercar aún más la labor instructiva y formativa que nuestro centro realiza con las familias de los alumnos a los que atiende, se puso en marcha durante el curso pasado el AMPA del Colegio aunque, por motivos de sobra conocidos, ha permanecido con una actividad muy limitada.
Las familias que así lo deseen, pueden integrarse en dicha Asociación, que pretende, fundamentalmente:
- Hacerse sensible a las necesidades y preocupaciones que la labor educativa general despierta -para la mejor crianza y formación de nuestros hijos- en un contexto mundial de permanentes cambios
- Promover la coordinación y colaboración más estrecha con la Titularidad y Dirección del Colegio, en aras de mejorar constantemente los recursos y las estrategias de organización y funcionamiento que posibiliten un servicio de calidad excelente
- Atender, en los límites de las posibilidades reales de la Asociación, necesidades materiales concretas de determinadas familias del Centro, derivadas de alguna situación de infortunio sobrevenida.
- Desarrollar actividades de tipo cultural, artístico o recreativo, entre familias vinculadas por su pertenencia al Centro
- Organizar y promover cualquier otra actividad o desempeño que se entienda de interés general para la Comunidad Educativa que formamos junto a Profesores, Dirección y Titularidad y, en definitiva,
- Contribuir a mantener la identidad que caracteriza al Centro, se manifiesta en su trayectoria y, en su día, motivó nuestra elección para atender a la satisfacción de las necesidades educativas de nuestros hijos.
OS INVITAMOS A PARTICIPAR CON VUESTRAS SUGERENCIAS Y CONSULTAS
Debido a la actual situación sanitaria os ofrecemos la siguiente dirección de correo: ampa@colegiosanjuanbosco.es
Formar parte de la Asociación
Para poder formar parte de la Asociación de Madres y Padres del Colegio San Juan Bosco es necesario asociarse y estar al corriente del pago anual de la cuota.
Debido a la actual situación sanitaria que estamos atravesando, no podemos realizar reuniones presenciales. En el momento en que exista dicha posibilidad, convocaremos una reunión donde se establecerán las cuotas y se informará de esta iniciativa.
Contacto
Para contactar con la asociación puedes realizarlo a través de nuestro correo electrónico: ampa@colegiosanjuanbosco.es
Esperamos recibir vuestras sugerencias, o iniciativas que trasladaremos al Centro para que sean valoradas.
Consejo Escolar de Centro
La participación de los padres y madres surgió en nuestro país como una aspiración social dentro de la corriente de normalización democrática de la vida española en la década de los setenta. Inspirada en un concepto de participación próximo al control y gestión de los centros, cercano a su vez al intento de garantizar la pluralidad y la permeabilidad democrática de la institución. La participación en un sentido más amplio, superando la concepción estricta de gestión y administración, es una conquista de la ruptura democrática y supone a la vez un índice de madurez ciudadana. Participar es unir esfuerzos, intercambiar información, aportar ideas, realizar una gestión conjunta, prestar apoyos, colaborar en el acercamiento escuela-sociedad, crear, en definitiva, una escuela democrática que exprese y consolide una sociedad democrática. Los padres y madres son partícipes preferentes de la educación de sus hijos e hijas. Formal o informalmente transmiten valores, actitudes, pautas de conductas, hábitos. La acción educativa de la familia, diseñada tradicionalmente para satisfacer las necesidades educativas de una sociedad con escasa movilidad y difícilmente permeable, debe complementar en la sociedad post-industrial la labor de la escuela, a la que se le encomienda el máximo desarrollo de la personalidad de sus alumnos y alumnas, la formación en el respeto y las libertades democráticas y la preparación para participar activamente en la vida social. El trabajo de la escuela y el de la familia están claramente imbricados, el uno está incompleto sin el aporte del otro y viceversa. En un modelo en el que se delegan las funciones educativas a la escuela, la participación de los padres y madres se limita a la elección de centro en consonancia con la ideología y creencias familiares. Un modelo especialmente preocupado por los aspectos técnicos y centrado en la instrucción del alumno, impedirá que los padres, menos preparados pedagógicamente, puedan participar. Limitará el papel de padres y madres a complementar –mediante visitas, charlas, materiales, talleres– el trabajo docente, o sólo se quedará en un aporte de recursos económicos. En un modelo alternativo, que asuma los comportamientos democráticos en todas las esferas de la actividad pública, que impulse una gestión participativa y un control democrático de los centros, no debemos preguntarnos qué pueden hacer las familias o los profesores separadamente, sino qué podemos hacer entre todos los integrantes de la comunidad educativa. No es una pérdida de poder, sino un deseo de trabajar por unos objetivos compartidos. Un modelo así, basado en la eficiencia y en la delimitación de funciones en un contexto cooperativo, puede y debe enriquecer el papel de toda la acción educativa.
Composición del Consejo Escolar
La permanencia en el Consejo Escolar es de cuatro años. Los miembros se eligen por y entre ellos, es decir, los padres eligen a sus representantes, los alumnos a los suyos y al igual lo hace el profesorado.
En los centros privados concertados, tal como establece la ley 12/1999 de 29 de abril, la composición del Consejo escolar será la siguiente:
- El director/a.
- Tres representantes del titular del centro.
- Cuatro representantes de los profesores.
- Cuatro representantes de los padres o tutores de los alumnos (uno de ellos designado por la asociación de padres más representativa del centro).
- Dos representantes de los alumnos a partir de 1º de ESO.
- Un representante del personal de administración y servicios.
Atribuciones del Consejo Escolar
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes atribuciones:
- Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
- Elaborar informes, a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
- Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
- Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
- Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.
- Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
- Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
- Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
¿A qué tiene derecho todo miembro de un Consejo Escolar?
En todo órgano colegiado corresponde a sus miembros:
- Conocer la convocatoria conteniendo el orden del día de las reuniones. La información sobre los temas que figuren en el orden del día estará a disposición de los miembros en igual plazo.
- Solicitar la convocatoria del Consejo, siempre que la respalde un tercio de sus miembros.
- Participar en los debates de las sesiones.
- Ejercer su derecho al voto y formular su voto particular, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican. No podrán abstenerse en las votaciones quienes por su cualidad de autoridades o personal al servicio de las Administraciones Públicas, tengan la condición de miembros de órganos colegiados.
- Formular ruegos y preguntas.
- Obtener la información precisa para cumplir las funciones asignadas
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